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Una juez ha reconocido a un padre, empleado de Telefónica
en Valladolid, su derecho a disfrutar de media hora
de reducción de jornada por lactancia hasta que
su hijo tenga 9 meses y a pesar de que la empresa alegó
que la madre es trabajadora autónoma para oponerse
a esta concesión.
Según figura en la sentencia, facilitada por
el sindicato CGT, que ha ejercido la defensa del trabajador
ante el Juzgado de lo Social número dos de Valladolid,
es el Estatuto de los Trabajdores el que establece que
el permiso vinculado a la lactancia del bebé
"podrá ser disfrutado indistintamente"
por el padre o la madre, siempre que su disfrute no
sea simultáneo.
La dirección de Telefónica negó
este permiso al trabajador porque considera que la situación
laboral de la madre, autónoma, suponía
que el derecho a la hora de lactancia no podía
ser ejercido por el padre, pero los servicios jurídicos
de CGT defendieron que "con independencia del tipo
de contrato, el permiso es para el cuidado del bebé".
En un comunicado, el sindicato recuerda que, hace poco
más de un año, el Tribunal Superior de
Justicia de Navarra sentenció que este mismo
supuesto figuraba en el convenio colectivo de la empresa,
que tras esta decisión judicial negoció
"con algunos sindicatos" la modificación
del artículo en que se abordaba la cuestión
para adecuarlo a sus intereses.
Sin embargo, para la titular del juzgado vallisoletano
el Estatuto de los Trabajadores prevalece sobre el convenio
colectivo de Telefónica, por lo que considera
que el demandante tiene derecho al disfrute de una hora
de lactancia o la reducción de la jornada en
media hora por este mismo motivo. La sentencia abunda
en que el término "trabajadora" prevalece
sobre el de "autónoma": "la madre
es trabajadora (autónoma pero trabajadora)",
señala el texto. Contra la sentencia del Juzgado
de lo Social número dos de Valladolid no cabe
recurso alguno por la razón de la materia, según
rubrica la magistrada.
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